Una viuda recibirá una indemnización por fallecimiento de 60.000 €
La indemnización por fallecimiento que recibirá la viuda de un trabajador que falleció a causa de un accidente laboral será de 60.000 €. Los padres del fallecido, por su parte, recibirán una indemnización por fallecimiento de 30.000 €. Los acusados deberán de pagar, además de estas indemnizaciones, una multa de 1.080 €. Asimismo han sido condenados a sendas penas de un año y medio de prisión. Dado que ambos acusados han reconocido los hechos, el juicio que estaba previsto para el pasado 20 de septiembre no se celebró.
Los hechos que llevaron a la muerte de la víctima, por la que su viuda y sus padres han recibido una indemnización por fallecimiento, se remontan al 3 de agosto del año 2006. El fallecido, que entonces tenía 25 años de edad, trabajaba en la construcción de un edificio en Colombres (Rivadedeva), realizando una soldadura eléctrica sobre un pilar, el cual tenía la función de sostener la estructura metálica que formaba la segunda planta del edificio. Mientras trabajaba con normalidad recibió una descarga eléctrica que le causó la muerte, al colocar la varilla en la pinza.
El carro de soldadura utilizado para la realización de esta tarea, contaba con una parte delantera que tenía dos conexiones. El cable de masa era la conexión izquierda y llegaba a una pletina cuadrada. Para lograr la masa se había hecho una auténtica chapuza. En efecto, se había colocado una platina con uno de sus extremos oxidados, de tal modo que no tapaba completamente todos los hilos del cable, lo que hacía que algunos de ellos quedaran al descubierto. Este hecho sumado a que la labor se estaba realizando en condiciones climatológicas adversas y a que la soldadura se debía realizar en el exterior del edificio, llevó a que se mojaran los cables.
A todo ello se le sumó, además, el que el trabajador no llevaba los guantes aislantes adecuados y, los que utilizaba estaban muy deteriorados. Por su parte, por si todo esto fuera poco, la maquinaria utilizada era muy antigua, careciendo tanto de una hoja de características técnicas y del correspondiente certificado de conformidad.
Los responsables y condenados eran en este caso el abogado de la empresa que, como representante legal, estaba al tanto de las irregularidades en el ámbito de la seguridad en el trabajo. El otro responsable ha sido el director de la ejecución de la obra y coordinador de seguridad y salud.
Las cuantías de indemnización por fallecimiento, 60.000 € para la viuda y 30.000 para los padres de la víctima, tendrán que ser sufragadas por las aseguradoras, así como por la empresa promotora de la obra y las subcontratas encargadas de los trabajos de soldadura y de estructuras.
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